¿Qué cantidad corresponde por pensión de alimentos?

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Es una de las preguntas más frecuentes que surge para afrontar la nueva realidad existente tras la ruptura de una pareja con algún hijo en común.

Generalmente tras una ruptura suelen confluir sentimientos y resentimientos entre ambos que hace nacer una suspicacia tendente a evitar un posible abuso hacia quien viene obligado al pago de una pensión de alimentos.

Debemos recordar como así lo mencionamos en el anterior post, que el dinero entregado en concepto de pensión de alimentos a un menor es una cantidad que no sólo se impone al progenitor con el que el menor o menores no conviven, sino que supone que el progenitor con el que conviven aporta una cantidad exacta que hace que entre ambos progenitores se cubran las necesidades básicas del menor o menores.

Cuantía de la pensión de alimentos

Respecto a la cantidad, la respuesta es que no existe realmente una cantidad de alimentos fija estipulada para todos los supuestos. Algunas Audiencias Provinciales fijaron como criterio jurisprudencial y a modo orientativo unas tablas en las que se estipulaba una pensión de alimentos en función del salario percibido por el progenitor no custodio y que conllevaba el resultado de aplicar el treinta por cien sobre el salario neto para fijar una pensión de alimentos del menor. Con el cambio social habido tras la crisis económica tan dilatada en el tiempo, las tablas orientativas para la fijación de la cuantía de la pensión de alimentos, fueron cayendo en el olvido. En la actualidad, la fijación de la cantidad de pensión de alimentos a un menor, variará en función a la capacidad adquisitiva de los progenitores y en atención al nivel de vida que el menor o menores venían disfrutando durante la vigencia de la relación de pareja, para que la ruptura no sea en detrimento de la situación que venían disfrutando el menor o los menores.cuantía de la pensión de alimentos Abogados divorcios valladolid abogado divorcio

También es cierto y por tanto no vamos a negar que tanto los Fiscales como los Jueces vienen estipulando una cantidad mínima de pensión de alimentos para proteger al menor, y en ocasiones percibida por injusta por la escasez de ingresos del progenitor que viene obligado al pago de la pensión de alimentos, y que suele estipularse en una horquilla de entre 100 y 200 euros, más bien acercándose a esta última cifra.

En cualquier caso y en ausencia de acuerdo entre ambos progenitores, la decisión última la tiene el Juez especialista en familia previo informe del Ministerio Fiscal, por lo que la pensión de alimentos de un menor depende del caso concreto y de la evolución de la situación en el procedimiento judicial de divorcio correspondiente.

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